Incoterms y operaciones comerciales: principales recomendaciones

Los Incoterms son un conjunto de términos mundialmente aceptados que nos ayudan a prevenir inconvenientes relacionados con las transacciones de compra venta ya sea internacional o no. Su uso trata de adecuarse a cada situación, forma de transporte, seguridad exigida, etc. Además, los términos internacionales de comercio (Incoterms) están aceptados a nivel mundial y a estas alturas nadie duda de su eficacia.

Para la forma lógica en la cual se deben usar los incoterms, hay que prestar siempre atención a las primicias que incluye cada año la Cámara de Comercio Internacional, quien ha sido artífice de los Incoterms y se encarga por lo tanto de la supervisión y de la promoción internacional de su uso. La CCI también es responsable de la renovación de los Incoterms. Por lo general esta renovación se realiza cada 10 años en base al desarrollo del sector, usos, costumbres y correcciones de algunos términos. Actualmente operamos con la revisión Incoterms 2020

Recomendaciones y consejos para usar correctamente los Incoterms.

El que llega a utilizarlos, tiene muy claro que su objetivo primordial es el uso adecuado y por lo tanto, hacer la elección del Incoterm que cumpla con sus demandas y necesidades, de manera que, a la hora de hacer uso de los incoterms, deberá seguir algunas recomendaciones que proponemos.

1.- Incoterms en el contrato de compra venta: 

Los Incoterms son una parte integral del contrato de compra venta, y en ningún caso podrán sustituirlo puesto que no reglamentan la transferencia de la mercancía, ni mucho menos los mecanismos de pago. Debes saber que el uso de Incoterms es optativo pero muy recomendado, ya que si no añadimos Incoterm en nuestra operación de compraventa habremos de especificar claramente todos los puntos de la operación para evitar futuros inconvenientes. Por otro lado, si no se utiliza Incoterm, las cláusulas contractuales se tendrán que redactar en el idioma del comprador o destinatario, por lo que será más fácil y cómodo hacer uso de Incoterm, debido a que ya están reglamentadas las responsabilidades que conciernen a cada interviniente, es decir comprador y vendedor.

2.- Incluir claramente el término o expresión “Incoterms©2010”

 Es importante precisarlo en el documento de compraventa para que las partes tengan claro que se están empleando los términos de la última renovación y no las referidas a los años anteriores ni posteriores, ya que siguen vigentes y todavía pueden ser susceptibles de utilización. 

Siempre se recomienda utilizar la revisión más actual de los Incoterms ya que han sido revisados, ratificados y en algunos casos modificados por una comisión de especialistas extraordinaria de la Cámara de Comercio Internacional. 

3.- Mencionar correctamente el Incoterm en el documento de compraventa

En primer lugar se tiene que escribir las siglas del Incoterm elegido para la operación de compraventa (Por ejemplo: EXW, FOB, CIP, DDP, etc.) el punto de entrega de la mercancía convenido por ambas partes, y a continuación hacer referencia a la Ciudad o País. Por último, recuerda expresar claramente la expresión Incoterms2010. Un ejemplo sería: FCA Barcelona 08040, Calle Número 3, Zona Franca de Barcelona, España (Incoterms 2010).

Se recomienda la especificación concreta del sitio de destinatario para evitar futuras confusiones a la hora de hacer la entrega de la mercancía.

4.- Modificación puntual

Los Términos de Comercio Internacional admiten modificaciones, para añadir ciertas condiciones adicionales que exige la operación en marcha. Si fuera necesario realizar alguna modificación esta se tendrá que notificar para conseguir la expresa aprobación de la otra parte contratante.

Por expresa recomendación de la CCI se sugiere no abusar de las modificaciones adicionales, pues la utilidad de los Incoterms es precisamente su eficacia sin necesidad de añadir condiciones extraordinarias. 

5.- Operaciones de transporte de carga convencional

Se aconseja el uso de los Incoterms denominados como marítimos FAS, FOB, CFR y CIF para operaciones de compraventa de mercancías en régimen de carga convencional, es decir aquella mercancía que no utiliza container. También se recomienda para el transporte de mercancías a granel

6.- Transporte de mercancia en contendor

 Se recomienda para la mercancía contenerizada, ya sea en régimen de grupaje o completo, el uso de términos polivalentes (EXW, FCA, CPT, CIP, DAT, DAP y DDP) en sustitución de los términos marítimos (FAS, FOB, CFR, CIF). Ya que los Incoterms polivalentes muestran con mayor fidelidad y exactitud el punto exacto de entrega de la mercancía con la finalidad de evitar conflictos.

7.- Uso de diferentes medios de transporte

Si se utilizará más de un medio de transporte, se recomienda usar también un Incoterm polivalente, EXW, FCA, CPT, CIP, DAT, DAP y DDP.

8.- Transmisión de la propiedad de la mercancía

Recuerda que, los Incoterms no reflejan ningún tipo de transmisión de la propiedad de la mercancía, por lo que tendrás que recordar la inclusión en cada uno de los contratos, aceptación de pedidos, facturas proforma y/o comerciales realizados, la cláusula de reserva de la propiedad.

Por Ejemplo: La Empresa XXX en calidad de compradora adquirirá la propiedad de la mercancía cuando esta haya realizado y demostrado de modo fehaciente la totalidad del pago de esta factura. 

9.- Costes de la operación de compraventa

A la hora de efectuar el calculo de costos de las operaciones, se deberá tomar como punto de partida el incoterm que previamente se haya elegido, y además, incluirlo en valor de la venta, sin olvidar que algunos exigen el asegurar la mercancía para que ésta, llegue a un puerto seguro de todo riesgo.

10.- Traspaso de riesgos de los Incoterms del grupo C

Estos términos, CIF, CFR, CIP y CPT hacen referencia a los contratos de embarque, por lo que no son contratos de entrega en destino. En este caso el traspaso de riesgos se realiza al comprador en el momento que el vendedor entrega la mercancía en origen.

También cabe recordar que algunos Incoterms polivalentes del grupo C, es decir CPT i CIP no especifican el momento acordado de entrega, si no que hacen referencia al contrato de embarque. Entonces siempre será recomendable especificar cuándo y dónde se entrega la mercancía en el país de origen para desde un inicio delimitar responsabilidades de riesgo. 

11.- Crédito Documentario en función del Incoterm elegido

Cuando se opte por los créditos documentarios, se recomienda hacer referencia a los documentos que acompañan al crédito, en función del Incoterm elegido.

  • Incoterm EXW: Factura y Packing List.
  • Incoterms grupo F: Documento de recepción de la mercancía por el transportista o en su defecto el transitario, por ejemplo un Documento FCR – FIATA Certificate o FWR – FIATA Wharehouse Reception. 
  • Incoterms grupo C: Documentos de embarque, transporte internacional.
  • Incoterms grupo D: Certificado de entrega de mercancía.

12.- Para operaciones con países terceros

No es aconsejable utilizar el incoterm DDP y en cierta medida tampoco el EXW, es más aconsejable utilizar un DAP.

13.- Ventas en términos CIF o CIP

Recuerda especificar claramente la cobertura del seguro y su extensión geográfica/temporal. Para estos términos tendrás que contratar un seguro específico ya sea Póliza de viaje o Póliza flotante por el 110% del valor CIF y que garantice una cobertura mínima.

Aviso legal: Incoterms® es una marca registrada de la Cámara de Comercio Internacional. Las descripciones de los reglamentos de los Incoterms® no son definitivas, pero son nuestra interpretación y se han creado con la máxima diligencia posible y de buena fe. Si usted está utilizando los Incoterms® en sus transacciones debe comprar la última edición de las regulaciones de los Incoterms®.

Total
0
Shares
Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

✅ Descarga ahora nuestros documentos internacionales listos para usar y las guías esenciales de comercio exterior.
Descargar aquí
Total
0
Share