Incoterm 2020 CPT

Incoterm 2020 CPT (Carriage Paid To) | ¿Qué es y cuándo utilizarlo?

Roc Nanot

Incoterm 2020 CPT: ¿Qué es y cuándo se utiliza?

El Incoterm 2020 CPT (transporte pagado a) establece que el vendedor debe entregar la mercancía a su transportista. Sin embargo, no indica si debe hacerse en las instalaciones del vendedor, cargada en el vehículo recolector, o entregada en otras instalaciones, sin descargarla del vehículo del vendedor.

Por su parte, el vendedor debe realizar los trámites de exportación y el comprador realiza los trámites de importación. No obstante es responsabilidad del vendedor contratar el transporte y, por lo tanto, el costo se incluirá en el precio de venta.

Al igual que FCA, el riesgo se transfiere al comprador en el instante que se realiza la entrega. El Incoterm 2020 CPT funciona bien para el transporte terrestre dentro de la masa continental de Europa / Asia Central. La razón es que a menudo el camión que recoge la mercancía, será el mismo que transportará los bienes al destino.

Además, el Incoterm 2020 CPT establece dos lugares importantes: el lugar de entrega en el país del vendedor, y el lugar de destino donde el vendedor contrata el transporte. En consecuencia es importante no confundir uno con el otro.

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Si bien se recomienda en lugar de CFR para los envíos de contenedores a través del océano, el Incoterm 2020 CPT a menudo es inviable para dichos envíos. Lo que sucede es que en estos envíos, el comprador solo quiere asumir el riesgo de daño o pérdida de bienes, cuando se han exportado.

Inicialmente el comprador no solo desconoce cuándo y dónde se realizó la entrega. No sabe tampoco a quién fue entregada la mercancía, ya que el transportista del vendedor se encarga de ello.

De hecho, no quieren tener que lidiar con cualquier tipo de problema en el país exportador. Y aunque el vendedor no está obligado a cargar la mercancía a bordo de un barco en una fecha determinada. En realidad obtiene la factura de embarque debido a que utiliza su propio transportista contratado.


Incoterm 2020 CPT Obligaciones del vendedor y del comprador

CPT A1 / B1: Obligaciones generales:

A1 Obligaciones generales- Vendedor: En cada uno de los once Incoterms® 2020 , el vendedor debe proporcionar la mercancía y su factura comercial según lo establecido el contrato de venta. También debe ofrecer cualquier otra evidencia de conformidad, como un certificado de origen, que pueda ser relevante y que igualmente se especifique en el contrato.

También se establece que cualquier documento puede estar en papel o en formato electrónico según lo acordado en el contrato, incluso si no se menciona. Pero el contrato no establece a qué se refiere con “forma electrónica”.

Por lo tanto, esto puede ser cualquier cosa. Desde un documento PDF, hasta alguno formato digital que aún no ha sido desarrollado.

Obligaciones generales- Comprador: En todos los Incoterms 2020, pero en especial en el Incoterm 2020 CPT se establece que el comprador debe pagar el precio de los bienes según lo establecido en el contrato de venta.

Sin embargo, no se indica nada con respecto a cuándo se debe hacer el pago. Es decir, se debe pagar antes del envío, inmediatamente después del envío, o 30 días después del envío.

Tampoco se establece cómo debe realizarse el pago, lo que significa que todos estos detalles deben quedar reflejados claramente en el contrato.


CPT A2 / B2: Entrega

A2 (entrega) – Obligaciones del Vendedor: El vendedor debe entregar los bienes al transportista que haya contratado. Lo debe hacer en la fecha acordada, o dentro del período acordado.

Anteriormente, existía cierta confusión ya que en los Incoterms 2000, se refería a “el primer operador”, cuando existían operadores posteriores, quedando más claro en el Incoterm 2020 CPT.

En la actualidad puede haber múltiples transportistas contratados por el transportista del vendedor. Por ejemplo, el transportista que recoge la mercancía y el que lo lleva a la terminal del aeropuerto.

El transportista contratado por la aerolínea para trasladar los productos hasta el avión, incluso la propia aerolínea, así como los transportistas en el otro extremo.

Sin embargo, el único transporte que realmente preocupa en el caso del uso del incoterm 2020 CPT, es el transportista que se contrata para trasladar la mercancía de un punto de entrega hasta su destino.

En todo caso lo más importante es que la entrega se produce cuando el vendedor entrega la mercancía a su transportista, no cuando la mercancía llega al destino.

B2 (entrega)- Obligaciones del comprador: El comprador no solo tiene que recibir la mercancía cuando se la hayan entregado al transportista del vendedor. También debe recibir la mercancía físicamente en el sitio designado, o en el lugar de destino.


CPT A3 / B3: Transferencia de riesgo

A3 (Transferencia de riesgo) – Vendedor: En todos los Incoterms, el vendedor asume toda la responsabilidad por la pérdida o daño de la mercancía, hasta que se haya entregado de acuerdo con lo descrito en A2.

La única excepción se dará cuando la pérdida o el daño de la mercancía ocurran en las circunstancias descritas en B3, que además variarán en función del rol que asume el comprador en B2.

B3 (Transferencia de riesgo) – Comprador: En este caso el comprador asume toda la responsabilidad por la pérdida o el daño de la mercancía, una vez que la entrega se ha realizado tal como se describe en A2.

Si el comprador no informa al vendedor el punto de recepción o el momento de despachar la mercancía, el comprador es responsable por la pérdida o el daño de la mercancía.


CPT A4 / B4: Transporte

A4 Transporte- Obligaciones del vendedor: El vendedor debe contratar el transporte de la mercancía si se trata de una parte de una venta “en cadena”. El contrato debe establecer el lugar de entrega y quizás un punto acordado dentro de ese lugar.

Además, ambos pueden acordar lo que es bueno con respecto al contrato de transporte. Si no lo hacen, entonces el vendedor debe organizar todo de forma habitual para esa mercancía.

Y debido a que debe organizar el transporte, el vendedor tiene que saber del comprador si existe un punto específico en el lugar de destino al que deben transportarse la mercancía.

Si no es así, es la elección del vendedor seleccionar el punto que mejor se adapte a su propósito, usualmente es la opción más barata, como una terminal de carga.

En caso de que la entrega en el lugar de destino deba ocurrir después que el comprador complete las formalidades de importación. Entonces los gastos de almacenamiento como consecuencia de demoras en las formalidades, son para el comprador.

Esto es siempre y cuando el vendedor haya entregado a tiempo la documentación necesaria.

El vendedor además, debe cumplir con los requisitos de seguridad relacionados con el transporte para todo el traslado hasta el destino.

B4 Transporte- Obligaciones del comprador: El comprador no está obligado a concertar con el comprador un contrato de transporte.


CPT A5 / B5: Seguro

A5 (seguro) – Obligaciones del vendedor: Para el vendedor el riesgo no va más allá del punto de entrega. En consecuencia, no está obligado con el comprador, a concertar un contrato de seguro.

A pesar de ello, si el comprador lo requiere, a su riesgo y costo, el vendedor deberá entregarle dicha información para contratar su seguro.

Pero en realidad para el vendedor es conveniente contratar un seguro marítimo de manera contingente. Es decir, si la mercancía se pierde o se daña en el tránsito, el vendedor puede reclamar su propio seguro en caso de que el comprador se niegue a pagar por la mercancía.

B5 (seguro)- Obligaciones del comprador: Y no obstante el riesgo de pérdida o daño de la mercancía desde el punto de entrega, el comprador no está obligado con el vendedor a asegurar la mercancía. Por lo tanto, si el comprador quiere asegurar la mercancía, será su elección.


CPT A6 / B6: Entrega / Transporte / Documento

A6 (documento de entrega / transporte) – Obligaciones del vendedor: El vendedor debe proporcionar al comprador los documentos de transporte habituales para el transporte contratado de acuerdo a lo descrito en A4. Esto en caso de que sea habitual o si el comprador lo solicitó, y al costo del vendedor.

Sin embargo, como el Incoterm 2020 CPT y CIP cubren cualquier modo o modalidad de transporte, la forma que tome ese documento de transporte dependerá de los modos utilizados.

Si los modos incluyen el transporte marítimo, como en las transacciones de FCL o LCL, entonces es habitual que el vendedor obtenga una factura de embarque.

Si dicha factura se emite con carácter negociable y en varios originales, se debe presentar al comprador un juego completo de estos documentos originales. En ocasiones esto se hace a través del banco del vendedor al banco del comprador por medio de una carta de crédito.

Si la modalidad de transporte requiere que las mercancías sean transportadas por vía aérea, generalmente se emitirá una guía aérea. Además, si se solicita, el vendedor recibirá un “original para el remitente”, aunque este no es un documento de transporte negociable.

El envío de la mercancía por vía terrestre puede implicar la emisión de un CMR en Europa o simplemente alguna forma de nota de envío, incluso una carta de porte del transporte. En cualquier caso, ninguno de estos documentos son negociables.

Si el transporte se realiza por ferrocarril, por lo general la modalidad está cubierta por alguna forma de nota de envío ferroviario, que igualmente no es negociable.

Además, el documento de transporte debe cubrir el traslado de la mercancía dentro del período acordado para el envío. Si se establece en el contrato, dicho documento debe permitir al comprador, reclamar la mercancía del transportista en el sitio de destino designado.

Si se trata de una venta en cadena, también debe permitir al comprador vender la mercancía en tránsito a un comprador posterior, transfiriendo ese documento. Se trataría entonces de una factura de embarque, la cual si es negociable.

B6 (documento de entrega / transporte) – Obligaciones del comprador: Si está de acuerdo con el contrato, el comprador debe aceptar el documento de transporte que le entrega el vendedor.


CPT A7 / B7: Despacho de exportación / importación

A7 (Despacho de exportación / importación) – Obligaciones del vendedor: El Incoterm 2020 CPT es adecuado para transportistas nacionales e internacionales.

Siempre que corresponda, el vendedor, bajo su riesgo y gasto, debe realizar todos los trámites de despacho de exportación que requiera el país de exportación. Es decir, licencias, autorización de seguridad para exportación, etc.

No obstante, el vendedor no está obligado a tramitar ninguna autorización de tránsito o importación. Si lo solicita el comprador, bajo su riesgo y costo, el vendedor tendrá que apoyarlo para obtener la documentación necesaria para las formalidades requeridas por el país de tránsito o importación.

B7 (despacho de exportación / importación) – Obligaciones del comprador: Cuando corresponda, el comprador debe ayudar al vendedor a solicitud, riesgo y costo del vendedor, a obtener cualquier documentación necesaria para todas las formalidades requeridas por el país de exportación.

De ser así, el comprador debe realizar y pagar todas las formalidades requeridas por cualquier país de tránsito y el país de importación. Estos incluyen licencias y permisos requeridos para el tránsito; licencias y permisos de importación necesarios para la importación.

Todo lo anterior es responsabilidad del comprador porque ocurre después de la entrega por parte del vendedor.

En todo caso, el vendedor es responsable si es un requisito del país de exportación, mientras que el comprador es responsable si es un requisito del país de tránsito o importación.


CPT A8 / B8: Comprobación / Embalaje / Marcado

A8 (Comprobación / Embalaje y Marcado) – Obligaciones del vendedor: En todos los Incoterms, el vendedor debe pagar los costes de cualquier operación de verificación que sea necesaria para entregar la mercancía. Esto incluye verificar la calidad, medir los bienes, empacar, pesar o contar la mercancía.

Asumiendo el coste, el vendedor debe empaquetar la mercancía, a menos que se trate de mercancía que se vende sin embalaje.

El vendedor también debe considerar el transporte y empaquetado de la mercancía adecuadamente. Esto claro, a menos que se haya acordado que la mercancía deba ser empaquetada o marcada de una forma específica.

B8 (Comprobación / Embalaje y Marcado) – Obligaciones del comprador: En todos los Incoterms, el comprador no está obligado con el vendedor respecto al embalaje y al marcado. Sin embargo, en la práctica puede haber excepciones acordadas en el contrato, como cuando el comprador le proporciona al vendedor etiquetas o logotipos.


CPT A9 / B9: Asignación de costes

A9 (Asignación de costes) – Obligaciones del vendedor: El vendedor asume los costes hasta que la mercancía sea entregada bajo los términos descritos en A2. Esto sin considerar los costos que el comprador debe pagar, tal como se indica en B9.

El vendedor debe pagar todos los costos hasta que los bienes hayan sido entregados bajo A2, aparte de los costos que el comprador debe pagar como se indica en B9.

Además, el vendedor también asume los costos resultantes del contrato de transporte, así como los costos de cargar la mercancía. Incluso, el comprador debe pagar los costos de entregar al comprador la prueba de la mercancía entregada.

Asimismo, el vendedor deberá pagar los costos de descarga en el destino acordado. También cualquier otro costo de tránsito incluido en dicho contrato.

El vendedor también debe cubrir los costos por proporcionar la prueba habitual de que la mercancía ha sido entregada. En consecuencia, si el contrato establece que la prueba es un documento de transporte, la tarifa del documento de transporte la deba pagar el vendedor.

No solo eso, el vendedor debe pagar los costos, impuestos de exportación y aranceles, siempre que corresponda. Y si solicita al comprador documentos relacionados con el despacho de exportación, igualmente deberá pagarle al comprador esos costos.

B9 (Asignación de costes) – Obligaciones del comprador: En este caso el comprador está obligado a pagar al vendedor todos los costos relacionados con la mercancía desde el instante de su entrega, costos que son distintos de los que debe pagar el vendedor.

Si el comprador solicita al vendedor que lo ayude a obtener la información o documentos para realizar los trámites de seguro e importación, los costos que se generen de ello, los debe reembolsar el comprador al vendedor.

Además, cuando corresponda, el comprador debe pagar los aranceles, además de impuestos y otros costos relacionados con el despacho de importación.

También, el comprador deberá pagar los costos de descarga a menos que el vendedor los haya pagado, de acuerdo con el contrato de transporte.

Igualmente, el comprado tiene que pagar los costos del país de tránsito, a menos el vendedor los haya pagado ya, en base al contrato de trasporte.


CPT A10 / B10: Avisos

A10 (Avisos) – Obligaciones del vendedor: El vendedor debe informar al comprador que la mercancía ha sido entregada en los términos descritos en A2. La forma en que se notifica al comprador, por lo general se establece en el contrato.

B10 (Avisos) – Obligaciones del comprador: Si ambas partes acuerdan que el comprador tiene derecho a determinar el tiempo para que el vendedor entregue la mercancía, el comprador debe dar al vendedor aviso con suficiente tiempo.

En el contrato usualmente se detalla cuánto tiempo debe darse al vendedor, lo cual puede variar en función de la modalidad de transporte.


Incoterm 2020 CPT: ventajas y desventajas

El Incoterm 2020 CPT ofrece una serie de ventajas al vendedor.

  • Si el vendedor tiene muchos productos para despachar diariamente, al usar CPT elige su propio transportista y puede coordinar fácilmente la carga de camiones en su muelle de despacho.
  • Por el contrario, si usara FCA, con cada comprador organizando su propio transportista, podría ser un caos el muelle de carga.
  • El vendedor podría tener un mejor poder de compra para el flete que el comprador. De ser así, el comprador se beneficiaría de tarifas más bajas a pesar de que el vendedor tendría derecho a agregar su margen.
  • El comprador no se preocupa por la logística en el país del vendedor. Tampoco de hacer una reserva de carga potencialmente al otro lado del mundo.
  • La entrega se produce cuando el vendedor proporciona la mercancía a su transportista contratado para llevarla a su destino.
  • Es en ese punto de entrega en el país del vendedor, cuando el riesgo se transfiere del vendedor al comprador.
  • Para un envío por carretera, podría ser el establecimiento del comprador, por ferrocarril podría ser la estación o terminal ferroviaria más cercana al comprador.
  • Sobre todo porque estas dos modalidades se usan generalmente para transacciones nacionales o dentro de la zona aduanera.
  • Si el envío es por aire, podría ser la terminal de la aerolínea. Para el transporte marítimo, por contenedores como una carga completa de contenedores (FCL),
  • El destino para el aire y el mar en contenedores también podría ser las instalaciones del comprador.
  • La desventaja para el comprador es que asume el riesgo cuando la mercancía está en posesión y control del transportista del vendedor.
  • El vendedor o el comprador no están obligados a asegurar la mercancía contra el riesgo del comprador.
  • Sin embargo, sería conveniente que un comprador que use el Incoterm 2020 CPT tenga una política marítima abierta o contrate un seguro específicamente para el envío.
  • Por su parte, el vendedor también puede contratar una cobertura de contingencia marina, en caso de que el comprador incumpla y la mercancía quede a riesgo del vendedor.
  • Organizar el pago de una transacción bajo el Incoterm 2020 CPT con LC es algo más fácil que FCA ya que el vendedor tiene el control del transportista y de lo que ocurre en su país.
  • El LC aún debe mostrar el lugar de recepción (etiqueta SWIFT MT700 44A), ya que es donde se produjo la entrega.  

Aviso legal: Incoterms® es una marca registrada de la Cámara de Comercio Internacional. Las descripciones de los reglamentos de los Incoterms® no son definitivas, pero son nuestra interpretación y se han creado con la máxima diligencia posible y de buena fe. Si usted está utilizando los Incoterms® en sus transacciones debe comprar la última edición de las regulaciones de los Incoterms®.

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